Acaba el plazo para los modelos 720 y 721. Hacienda obliga.¿Tienes dinero o cripto en el extranjero? Debes presentarlos

Quedan días para que venza el plazo. El 31 de marzo de 2026 es la fecha límite para presentar ante la Agencia Tributaria los modelos 720 y 721, las declaraciones informativas que afectan a los residentes fiscales en España con patrimonio o criptoactivos en el extranjero.
No son impuestos. No se paga nada directamente. Sin embargo no presentarlos tiene consecuencias. Hacienda lleva más de una década reforzando el control sobre el capital que los contribuyentes españoles mantienen fuera del país.
Primero llegó el modelo 720 para cuentas, valores e inmuebles. Luego, en 2023, el modelo 721 para las criptomonedas. Juntos forman el perímetro de la transparencia fiscal en el exterior.
¿Qué es el modelo 720?
El modelo 720 es una declaración informativa anual ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que obliga a comunicar determinados bienes y derechos situados en el extranjero si se superan ciertos umbrales.
El modelo se divide en tres bloques independientes: cuentas bancarias y depósitos en el extranjero, valores, acciones, fondos, seguros y rentas gestionados fuera de España, y bienes inmuebles o derechos sobre ellos ubicados fuera del país.
¿Quién debe presentar el modelo 720?
Hay que presentar del modelo 720 si el valor total de alguno de los bloques supera los 50.000 euros a 31 de diciembre. No todo el que presentó el 720 en años anteriores tiene que repetir.
Para quienes ya presentaron el modelo en ejercicios previos, la obligación sólo reaparece cuando cualquiera de los saldos conjuntos de los tres bloques haya experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto al que determinó la última presentación.
Por otra parte, Hacienda obliga a determinados contribuyentes con monedas virtuales a declarar en otro modelo informativo de sus inversiones.
¿Qué es el modelo 721?
Las criptomonedas custodiadas en el extranjero se declaran a través del modelo 721, no del 720. La Agencia Tributaria obliga a los residentes españoles a informar sobre sus criptomonedas en entidades extranjeras a través de este modelo cuando el valor conjunto supera los 50.000 euros.
Para el modelo 721, sólo se debe declarar el saldo a 31 de diciembre, con independencia de que durante el año se hubiera superado ese umbral en algún momento.
El plazo no admite prórroga. El plazo es fijo todos los años y no admite prórrogas. La Agencia Tributaria únicamente contempla una excepción. Si por razones técnicas no fuera posible la presentación por internet dentro del plazo, la declaración podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes a la finalización del mismo.
¿Cómo se presentan los modelos 720 y 721?
La presentación de los modelos 720 y 721 es telemática y requiere certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Puede hacerse directamente o a través de un asesor fiscal autorizado.
Los eventuales incumplimientos quedan sujetos al régimen sancionador general previsto para la falta de presentación en plazo o de forma incorrecta de declaraciones que no produzcan perjuicio económico a la Hacienda Pública, con una multa mínima de 1.500 euros.
Además, si Hacienda descubre bienes no declarados cuyo origen no está justificado, puede considerarlos ganancias patrimoniales no justificadas e incorporarlos a la base del IRPF.
TerritorioFintech es un medio de comunicación, cuyo equipo editorial tiene la misión es publicar noticias para informar de la actualidad del sector FinTech para mejorar la educación financiera de empresas, profesionales y autónomos. En ningún caso, nuestras noticias se deben entender como asesoramiento o recomendaciones de inversión.






