No sólo Bizum. Ocho novedades de la Declaración de la Renta 2024 2025, que comienza este 2 de abril

La campaña de la Declaración de la Renta 2024 se inicia este 2 de abril de 2025 y concluye el 30 de junio. Este ejercicio, Hacienda introduce ocho novedades significativas que los contribuyentes deben tener en cuenta a la hora de presentar el IRPF en la Agencia Tributaria.
Una vez que la Agencia Tributaria activó el Simulador de la Renta de este año y comunicó las fechas clave para presentar la Declaración del IRPF, éstas serían las ocho novedades clave para los contribuyentes de cara a su rendición de cuentas con Hacienda.
Es esencial que los contribuyentes revisen detalladamente estas novedades y consideren cómo pueden afectar su situación fiscal en la Declaración de la Renta 2024.
Nuevas formas de pago. De Bizum a tarjetas de crédito
Por primera vez, se permite el pago del IRPF mediante Bizum y tarjetas bancarias, además de los métodos tradicionales.
Modificaciones en los límites de ingresos para declarar
- Un único pagador: El umbral se mantiene en 22.000 euros anuales.
- Más de un pagador: El límite aumenta a 15.876 euros anuales, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros.
Incremento en la reducción por rendimientos del trabajo
La reducción aumenta de 6.498 euros a 7.302 euros anuales, beneficiando especialmente a los contribuyentes con ingresos más bajos.
Cambios en las deducciones por alquiler de vivienda
La deducción general se reduce del 60% al 50%. Sin embargo, en zonas declaradas como tensionadas, se aplican deducciones especiales:
- Hasta el 90% si se ha reducido al menos un 5% el precio del alquiler.
- Del 70% si se alquila a jóvenes menores de 35 años.
- Del 60% si se ha realizado una rehabilitación en el inmueble.
Deducciones por donativos
Se amplía la deducción al 80% para los primeros 250 euros donados (anteriormente 150 euros). Para cantidades superiores, la deducción es del 40%, y del 45% si se ha donado a la misma entidad en los dos años anteriores.
Exención de declarar prestaciones por desempleo
Aunque inicialmente se contempló obligar a todos los perceptores de prestaciones por desempleo a presentar la declaración, esta medida se ha pospuesto. Por lo tanto, en esta campaña, los beneficiarios del paro no están obligados a declarar si no superan los límites establecidos.
Exenciones fiscales para afectados por la DANA
Las ayudas recibidas por los afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) están exentas de tributación en esta declaración.
Devoluciones para mutualistas jubilados
Los mutualistas jubilados podrán solicitar devoluciones pendientes sin fraccionamiento, según las nuevas disposiciones de la Agencia Tributaria.
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