La ESMA exige dejar de ofrecer servicios con stablecoins que incumplan MiCA

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha publicado un dictamen que establece que los proveedores de servicios de criptoactivos no deben ofrecer servicios relacionados con tókenes referenciados a activos (ART) o tókenes de dinero electrónico (EMT) que incumplan el reglamento MiCA. La autoridad europea fija un plazo máximo de tres meses para regularizar las posiciones existentes.
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó el pasado 8 de octubre de 2026 un dictamen sobre la prestación de servicios relacionados con stablecoins que no cumplen los requisitos del Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos (MiCA).
El documento busca completar las orientaciones supervisoras existentes y favorecer una aplicación homogénea de la normativa europea entre los proveedores de servicios de criptoactivos (PSC).
Prohibición de prestar servicios con stablecoins que incumplan MiCA
ESMA considera que los proveedores de servicios de criptoactivos no deben mantener ni facilitar el acceso a tókenes referenciados a activos (ART) o tókenes de dinero electrónico (EMT) que no reúnan los requisitos para su oferta pública o admisión a negociación en la Unión Europea.
Esta interpretación tiene en cuenta las exenciones y disposiciones transitorias previstas en el propio reglamento MiCA.
La restricción afecta a todos los servicios de criptoactivos, incluyendo negociación, intercambio, recepción y transmisión de órdenes, custodia y transferencias.
Por tanto, también alcanza a los proveedores que no participan directamente en la comercialización o negociación de los tókenes afectados.
Las advertencias a los clientes no son suficientes
ESMA fundamenta su posición en que los ART y EMT que incumplen MiCA carecen de determinadas garantías regulatorias exigidas a sus emisores.
Según el supervisor europeo, esta ausencia de garantías genera riesgos inherentes al propio criptoactivo que los proveedores no pueden gestionar o mitigar adecuadamente mediante sus procedimientos internos.
En este sentido, ESMA considera que la prestación de servicios sobre estos activos resulta incompatible con la obligación de actuar de manera honesta, imparcial y profesional, atendiendo al mejor interés del cliente, recogida en el artículo 66.1 de MiCA.
Asimismo, el organismo señala que las advertencias de riesgo, comunicaciones informativas o declaraciones de conocimiento firmadas por los clientes no son medidas suficientes para compensar la ausencia de las garantías regulatorias exigidas.
La autoridad considera necesario evitar que estos activos continúen estando disponibles para los inversores de la Unión Europea a través de los servicios prestados por entidades autorizadas.
Tres meses para regularizar las posiciones existentes
El dictamen establece que las autoridades nacionales competentes deben exigir la regularización de las posiciones existentes en ART y EMT que incumplan MiCA lo antes posible.
En cualquier caso, el plazo máximo será de tres meses desde la publicación del dictamen, es decir, hasta el 8 de enero de 2027.
Durante este período, las autoridades podrán permitir determinados servicios residuales cuando sean estrictamente necesarios para proteger a los clientes y facilitar una salida ordenada de sus posiciones.
Entre las operaciones que podrían autorizarse temporalmente se encuentran:
- La liquidación de posiciones existentes.
- El canje o conversión de los activos afectados.
- Las transferencias y retiradas de criptoactivos.
- La custodia temporal necesaria para completar el proceso de regularización.
Estas actividades deberán estar limitadas en el tiempo y sujetas a supervisión.
En ningún caso podrán utilizarse para facilitar nuevas adquisiciones, aumentar posiciones existentes o mantener la promoción y distribución activa de los tókenes que incumplan MiCA.
Implicaciones para los proveedores de servicios de criptoactivos
El dictamen supone una ampliación de las expectativas supervisoras aplicables a los proveedores de servicios de criptoactivos, especialmente aquellos que ofrecen servicios de custodia, recepción y transmisión de órdenes o transferencias.
Las entidades deberán revisar los ART y EMT sobre los que prestan servicios para verificar su conformidad con los requisitos del reglamento MiCA.
Cuando identifiquen activos que no cumplan la normativa, tendrán que implantar los mecanismos necesarios para regularizar las posiciones existentes dentro del plazo establecido.
ESMA también espera que se adopten controles técnicos, contractuales y organizativos que impidan a los clientes europeos adquirir o incrementar su exposición a estos criptoactivos.
Con este dictamen, la autoridad europea busca reforzar la protección de los inversores, la integridad del mercado y la aplicación uniforme del reglamento MiCA en los diferentes Estados miembros de la Unión Europea.
Fuente: finReg360 – «La ESMA prohíbe prestar servicios sobre tókenes referenciados a activos o de dinero electrónico que incumplan el reglamento MiCA» (19 de octubre de 2026). Dictamen y comunicado oficial de ESMA (8 de octubre de 2026).
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